INTRODUCCIÓN
Pase, Servicios Electrónicos, S.A. de C.V. (en lo sucesivo PASE) es una empresa mexicana y como parte de los servicios que presta, ofrece un medio de pago electrónico denominado TAG para ser utilizado en carreteras, autopistas urbanas, estacionamientos, así como en los servicios que de tiempo en tiempo habilite PASE; asimismo, el TAG es actualmente utilizado como medio de control en patios de servicio y centros de transferencia modal en México.
En tal sentido, es importante destacar que el artículo 17, fracción II de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) y su reglamento catalogan la emisión de los medios de pago electrónico, como lo es la emisión de los TAG´S como una actividad vulnerable.
Cabe hacer mención que en términos del propio artículo 1° del citado ordenamiento, la LFPIORPI es una ley de orden e interés público y de observancia general en los Estados Unidos Mexicanos, por lo que su aplicación resulta obligatoria para todas aquellas personas que se encuentren en alguno de los supuestos señalados en la legislación.
En consecuencia, PASE debe cumplir con el proceso de: (i) identificación de los Clientes o Usuarios o Prestadores de Servicios o Proveedores que rebasen los montos establecidos en los umbrales del citado artículo 17, y (ii) presentación de avisos por la comisión de actividades vulnerables, a través del portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Expuesto lo anterior, PASE es consciente de que el desarrollo de sus actividades le generan el riesgo de exponerse a ser empleada como un vehículo para la comisión de delitos relacionados con operaciones con recursos de procedencia ilícita, ya sea por acción directa de sus Usuarios o los terceros con los que éstos se relacionan. No obstante, la reputación de PASE y la transparencia de las operaciones que PASE tiene con los Usuarios, no pueden ser expuestas por actos u operaciones realizadas con propósitos, medios y/o con fines ilícitos. Es por ello, que como parte de sus actividades de prevención de lavado de dinero, PASE formaliza la presente Política de Cumplimiento, con la finalidad de mitigar los riesgos a los que se pudiera exponer con motivo de sus operaciones.
OBJETIVO DE LA POLÍTICA
La presente política tiene como propósito prever los principios, valores, medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita, así como establecer los lineamientos de identificación y relación con Clientes o Usuarios o Prestadores de Servicios o Proveedores que permitan dar cumplimiento a las obligaciones consignadas en la LFPIORPI, su Reglamento, las Reglas de Carácter General a que se refiere la LFPIORPI y cualquier otra legislación o política de cumplimiento que de tiempo en tiempo pueda resultar aplicable.
IDENTIFICACIÓN Y CONOCIMIENTO DEL CLIENTE
PASE solicitará a los Usuarios el llenado de cada uno de los campos que se contienen en el formato denominado “Formato Compliance” el cual deberá se llenado con base a información completa, correcta, precisa, íntegra y veraz; asimismo, PASE solicitará la integración del expediente de identificación con los requisitos que éste debe cumplir dependiendo del tipo de Cliente de conformidad con lo previsto en las Reglas de Carácter General a que se refiere en la LFPRIORPI.
En todos los casos, el Cliente y/o Usuario, por su conducto o por conducto de su representante legal o delegado fiduciario, según sea el caso, deberá firmar la última página de dicho formato, manifestando bajo protesta de decir verdad que los datos y documentos proporcionados son verídicos; asimismo, es de hacer mención que de conformidad a lo señalado en el Contrato de Adhesión al Sistema que los Clientes y/o Usuarios tienen celebrado con PASE, estos autorizan a PASE para que se corrobore dicha información en caso de considerarlo conveniente.
Una vez que se encuentre integrado el expediente del Cliente y que se haya llenado el “Formato Compliance” por parte del potencial Cliente y/o Usuario. PASE cotejará en medida de sus posibilidades, la veracidad de su contenido y en su caso, requerirá su debida subsanación cuando se encuentren irregularidades.
Por su parte, PASE llevará a cabo la clasificación del Cliente y/o Usuario y otorgará una calificación de riesgo, con la finalidad de determinar y diseñar las acciones que se consideren necesarias para mitigar la probabilidad e impacto de afectación. Sin embargo, si durante el curso de una relación comercial PASE reclasifica a alguno de sus Clientes y/o Usuarios para ubicarlo en un nivel de grado de riesgo alto, deberá verificar y, en su caso, actualizar los datos y documentos del expediente del Cliente y/o Usuario, así como llevar a cabo las medidas de debida diligencia reforzada que, en su caso, el Área de Cumplimiento de PASE discrecionalmente determine.
PASE se abstendrá, sin responsabilidad alguna, de llevar a cabo cualesquier acto u operación solicitada por el Cliente y/o Usuario, cuando este se niegue a proporcionarle los datos o documentos que le sean requeridos. Asimismo, PASE podrá cancelar o dar por terminada la relación contractual, en aquellos casos en que no le sean proporcionados por un Cliente y/o Usuario, los datos y documentos que le sean requeridos con motivo de la actualización del expediente. De igual forma PASE, no podrá celebrar actos u operaciones anónimas o bajo nombres ficticios.
IDENTIFICACIÓN Y REGISTRO DE ACTOS U OPERACIONES OBJETO DE AVISO
PASE se encuentra obligado a presentar en tiempo y forma cada uno de los avisos a los que se refiera la LFPIORPI conforme a las operaciones realizadas durante el mes inmediato anterior a su presentación.
Asimismo, PASE podrá presentar a través del Portal en Internet del SAT, un aviso dentro de las 24 horas siguientes contadas a partir de que tenga conocimiento de que uno o varios Clientes y/o Usuarios se encuentren en alguno de los supuestos siguientes:
1. Cuando PASE cuente con información adicional basada en hechos o indicios de que los recursos de uno o varios Clientes o Usuarios o Prestadores de Servicios o Proveedores pudieren provenir o estar destinados a favorecer, prestar ayuda, auxilio o cooperación de cualquier especie para la comisión de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita o los relacionados con éstos.
2. Cuando uno o varios Clientes o Prestadores de Servicios o Proveedores Usuarios se encuentren incluidos en las listas que emitan autoridades nacionales, así como organismos internacionales o autoridades de otros países, que se reconozcan como oficialmente emitidas en términos de los instrumentos internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, relativas a personas vinculadas a los ilícitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
ACTUALIZACIÓN DEL EXPEDIENTE DE IDENTIFICACIÓN
Los expedientes de los Clientes o Usuarios o Prestadores de Servicios o Proveedores de PASE deberán ser actualizados dependiendo del grado de riesgo otorgado a cada Cliente o Usuario o Prestadores de Servicios o Proveedores por el Área de Cumplimiento, lo cual se realizará al menos una vez al año para los Clientes o Usuarios o Prestadores de Servicios o Proveedores que estén clasificados de bajo riesgo, y semestralmente cuando los Clientes o Usuarios o Prestadores de Servicios o Proveedores que estén clasificados como medio o alto riesgo, considerando para tales efectos la fecha de celebración del primer acto u operación con el Cliente o Usuario o Prestador de Servicio o Proveedor. No obstante, el Área de Cumplimiento podrá, discrecionalmente, solicitar que se actualice trimestralmente el expediente de los Clientes y/o Usuarios de medio o alto riesgo, en caso de considerarlo conveniente.
Al respecto, PASE actualizará, a su discreción, dichos expedientes mediante cualesquiera de los siguientes procedimientos:
1. Mediante solicitud de actualización de la información del Cliente o Usuario o Prestador de Servicio o Proveedor a través de los medios de comunicación con los que cuenta PASE.
2. Mediante solicitud de actualización de la información del Cliente o Usuario o Prestador de Servicio o Proveedor a través de correo electrónico.
3. Mediante solicitud de actualización de la información del Cliente o Usuario o Prestador de Servicio o Proveedor cuando este acuda a las oficinas de PASE.
4. Actualización de información del Cliente o Usuario o Prestador de Servicio o Proveedor a través de fuentes públicas o privadas de información.
5. Mediante solicitud de actualización de la información del Cliente o Usuario o Prestador de Servicio o Proveedor a través de visita domiciliaria.
RESERVA Y MANEJO DE INFORMACIÓN
PASE conservará durante toda la vigencia del contrato respectivo, los datos y documentos que integran el expediente del Cliente o del Usuario o del Prestador de Servicio o Proveedor; así como el perfil del Cliente o Usuario o del Prestador de Servicio o Proveedor que contenga su información clave, grado de riesgo asignado, resultados de búsquedas, operaciones llevadas a cabo y que sean sujetas a la LFPIORPI, así como actualizaciones y acuses de los avisos correspondientes.
Asimismo, conservará por un periodo no menor a cinco años contados a partir de la fecha de presentación del aviso correspondiente y de la emisión del acuse respectivo, la información y documentación que sirva de soporte a las actividades vulnerables realizadas, así como los datos y documentos que integran el expediente del Cliente o Usuario o Prestador de Servicio o Proveedor, los datos y documentos que soporten los avisos presentados y los registros de las actividades vulnerables celebradas.
RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD
Los administradores, representantes, directivos, funcionarios, empleados y apoderados de PASE que, con motivo de sus funciones, tengan conocimiento sobre las actividades vulnerables que realicen sus Clientes o Usuarios o Prestadores de Servicios o Proveedores, guardarán absoluta confidencialidad respecto de la información, documentación, datos e imágenes relativas a los actos u operaciones relacionados con dichas actividades, sin que ello implique trasgresión alguna a su deber de confidencialidad.
VIGENCIA Y ACTUALIZACIÓN
Las presentes políticas se encontrarán en vigor durante todo el tiempo en que PASE realice actividades consideradas como vulnerables para efectos de lo establecido en la LFPIORPI, y se modificarán considerando, entre otros aspectos, los actos y operaciones que PASE realice, así como las modificaciones que, en su caso, sean efectuadas a la normatividad de la materia. Asimismo, para el caso de que existiera alguna modificación a la presente política, PASE la publicará en su portal web para que los Clientes o Usuarios o Prestadores de Servicios o Proveedores puedan consultar la misma.
INFRACCIONES Y SANCIONES
De conformidad con lo establecido en la LFPIORPI, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá sancionar administrativamente a quienes infrinjan esta ley, en los términos de los artículos 54, 62, 63 y 64.
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